lunes, 11 de enero de 2010

CAPÍTULO XII. MANUAL DE FUNCIONES

1. RECTOR:
Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad en la educación del establecimiento.
Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con la comunidad local, para el continuo progreso y el mejoramiento de la vida comunitaria.  Establecer canales de comunicación entre los deferentes estamentos de la comunidad educativa.
Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico.
Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, reglamentos y manuales de convivencia.
Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional.
 Promover actividades de beneficio social, que vinculen establecimiento con la comunidad local.
 Aplicar las disposiciones que expiden por parte del estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo.
 Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el PEI.

2. FUNCIONES DEL COORDINADOR
El coordinador depende del Rector, y le corresponde orientar la administración académica y disciplinaria.
1. Participar en el comité curricular, consejo académico.
2. Colaborar con el rector en la planeación y evaluación institucional.
3. Dirigir la planeación y programación curricular de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.
4. Establecer canales de comunicación entre los estamentos del colegio.
5. Dirigir las actividades académicas.
6. Programar la asignación académica los docentes y elaborar el horario general de clases en el plantel.
7. Presentar al rector las necesidades de material didácticos de los deferentes departamentos.
8. Supervisar las actividades asignadas por un profesor, ante su ausencia.
9. Velar por la coordinación de la buena disciplina en el plantel.
10. Llevar registros y controles del personal de la institución.


3 FUNCIONES DE LOS PROFESORES
Los profesores dependen del Rector y por relación de autoridad funcional de los Coordinadores generales y del jefe de área. Le corresponde proporcionar la orientación y guía de las actividades normativas y curriculares, para que los alumnos logren los cambios de conducta propuestos.
Son funciones de los profesores:
1. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva.
2. Programar y organizar las actividades de enseñanza aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel de área.
3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.
4. Participar en la realización de las actividades complementarias.
5. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje.
6. Aplicar oportunamente en coordinación con el jefe de área, las estrategias metodológicas a que dé lugar el análisis de resultados de evaluación.
7. Presentar al jefe de área, informe del rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de cada uno de los períodos de evaluación, certificando las calificaciones con su firma.
8. Participar en la administración de alumnos conforme lo determine el reglamento de la Institución y presentar los casos especiales a los coordinadores, al Director de grupo y/o a la Consejería para su tratamiento.
9. Presentar periódicamente al Jefe de Área o en su defecto al coordinador académico, sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo.
10. Ejercer la Dirección de grupo cuando le sea asignada.
11. Participar en los comités en que sea requerido.
12. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.
13. Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.
14. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las Directivas del Plantel.
15. Atender a los padres de familia de acuerdo con el horario establecido en el plantel.
16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

Parágrafo: El profesor encargado de la Dirección del grupo tendrá además las siguientes funciones:
1. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades de los alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características personales.
2. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo confiados a su dirección.
3. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.
4. Orientar a los alumnos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar.
5. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas.
6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.
7. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos del grupo a su cargo, en coordinación con los servicios de Asesoría Psicológica.
8. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.
9. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los coordinadores del plantel.

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